miércoles, 17 de junio de 2015

HERAS ABOGADOS EXPERTOS EN URBANISMO


CONSTRUCCION DE VIVIENDA SIN LICENCIA MUNICIPAL
Hace once años compré mi vivienda y ahora he descubierto que las obras fueron ejecutadas sin constar licencia de obras municipal que de forma legal las autorizase. ¿Hay caducidad para reclamar o denunciar al ayuntamiento por autorizar la construcción de las obras sin licencia municipal? Y, si no consta concedida la licencia municipal, ¿hay caducidad para denunciar los hechos?
En primer lugar, si no consta licencia municipal, ni suponemos autorización autonómica, el Ayuntamiento nunca autorizó la realización de las obras, por lo que nada se le va a poder reclamar, más bien al contrario. Será el Ayuntamiento el que en este caso podrá iniciar un procedimiento para la restauración de la legalidad, que puede consistir incluso en la demolición de las obras cuando sea imposible su legalización, y, en su caso, se podrá sancionar a los promotores y/o constructores de la obra realizada sin las preceptivas autorizaciones.
En principio, las infracciones y sanciones prescriben a los cuatro años, dependiendo del tipo de suelo en el que se haya realizado la construcción, por lo que la sanción estaría prescrita, que habrá que diferenciar del plazo de caducidad de la potestad de restauración de la realidad física alterada por obras ilegales que tendrá la Administración. En este caso, habrá que valorar la posibilidad de iniciar los trámites para legalizar la vivienda que fue construida sin licencia.


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