miércoles, 31 de mayo de 2017

NEGLIGENCIA DEL ABOGADO QUE NO PRESENTÓ EL ORIGINAL DE UN DOCUMENTO ESENCIAL PARA EL ÉXITO DE LA DEMANDA




 

 

Como profesional del derecho tenía que saber que la aportación del documento a las actuaciones no podía hacerse a través de una copia del mismo. Fue esa conducta del letrado y la falta de validez de la prueba pericial sobre la autenticidad de la firma de la demandada, por haber facilitado el abogado a la perito el documento original extraprocesalmente, lo que llevó a que fueran desestimadas las pretensiones.

El cliente ejercita frente a su abogado acción de resarcimiento de daños y perjuicios por su actuación profesional negligente, la cual fue determinante para la desestimación de su pretensión de reclamación de cantidad.

La Audiencia Provincial de Madrid confirma la declaración de responsabilidad del abogado demandado por negligencia profesional en su intervención en la defensa jurídica de los derechos e intereses del demandante.

Al presentar la demanda no acompañó el documento original que recogía el acuerdo firmado por las partes litigantes en aquel proceso, sino una fotocopia del mismo pese a ser el título en el que se fundamentaban las pretensiones de su cliente. La parte demandada no reconoció la firma que figuraba en el mismo. La prueba pericial realizada para determinar su autenticidad se realizó sobre el documento original que el letrado facilitó a la perito extraprocesalmente, por lo que el tribunal estimó que dicha prueba no podía tenerse por válida. Y no confirmada la autenticidad del documento en el que la parte actora fundamentaba sus pretensiones, éstas fueron desestimadas.

El referido documento privado era esencial y fundamental para la estimación de la reclamación formulada por lo que debió presentarse en original o mediante copia autenticada por el fedatario público competente, dado que siempre se dispuso del mismo.

El letrado no trató de aportar en ningún momento el original, pretendiendo su incorporación a las actuaciones como diligencia final, tras declararse los autos conclusos para sentencia, celebrado el acto del juicio.

Como profesional del derecho debía y tenía que saber que la aportación del documento no podía hacerse a través de una copia del mismo, al estar en posesión del original, no existiendo causa o motivo que justifique su no aportación como demuestra que lo pusiera a disposición de la perito cuando le fue requerido para realizar la pericia. Y si no se lo había entregado su cliente debió requerir su entrega antes de presentar la demanda para acompañarlo con la misma.

La no aportación del documento original constituye una negligencia por su parte que se califica como de mala praxis profesional, en tanto que era un documento esencial y trascendental para las pretensiones de su cliente.

Igualmente le es imputable la falta de validez de la prueba pericial por haberse practicado sobre un documento original no unido a las actuaciones sino facilitado extraprocesalmente. Debía conocer el alcance de una defectuosa práctica de la pericia por lo que no debió facilitarle al perito dicho documento.

Por todo ello, es procedente la declaración de responsabilidad del abogado demandado al existir una relación de causalidad entre su conducta negligente y el daño causado a su cliente por la pérdida de oportunidad que le ha supuesto la no obtención de una resolución favorable a sus intereses.

Audiencia Provincial Madrid, Sentencia 78/2017, 1 Mar. Recurso 813/2015 (LA LEY 30022/2017)

 

Contenido curado por Isabel Asolo (Community Manager) HERAS ABOGADOS BILBAO S.L.P.

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